martes, 28 de septiembre de 2010

Informe Cap. Servin

INFORME
De acuerdo al Art. 481 del Código Procesal Penal, al verificarse la incompatibilidad de fallos judiciales, corresponde extender el beneficio de duda a favor del condenado Reinaldo Servín, y en consecuencia, revocar los fallos recurridos y absolver al condenado de los hechos punibles acusados, se debe disponerse la libertad, pero antes debe verificarse la existencia de otra u otras causas penales o medidas cautelares que puedan estar afectando al recurrente”, se lee en otra parte del Acuerdo y Sentencia Nº 434, del 13 de setiembre de 2010.
El fiscal general del Estado, Rubén Candia, dictaminó a favor de Servín.
La condena por el crimen
- El mayor Reinaldo Servín fue condenado en primera instancia a 25 años de prisión, el 24 de octubre de 2000, resolución confirmada por la Cámara de Apelaciones el 31 de marzo de 2003 y ratificada por la Sala Penal de la Corte, el 15 de abril de 2004.
- Según la declaración del sicario Pablo Vera Esteche (condenado a 18 años de cárcel), el mayor Servín le facilitó G. 7 millones para la compra del automóvil Fiat Tempra con el que se materializó el homicidio del entonces vicepresidente Luis María Argaña, ocurrido el 23 de marzo de 1999.

1 comentario:

  1. Establece el cod. Procesal Penal en su art. N°5: En el caso de duda los jueces decidiran siempre lo que sea mas favorable al imputado.
    En este caso la Corte Suprema de Justicia resolvio absolver de culpa al acusado en base al in dubio pro reo dando por culminado el proceso del magnicidio Luis Maria Argaña ya que existian contradicciones en la prueba y declaraciones.

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